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¿Qué es Sectigo?, Certificado SSL

¿Qué es Sectigo?, Certificado SSL Sectigo es el proveedor líder de certificados digitales y soluciones automatizadas de gestión del ciclo de vida de los certificados

Sectigo es una de las autoridades de certificación (CA) más grandes y antiguas del mundo, en la que confían más de 700 000 clientes, incluido el 36 % de Fortune 1000. Ofrecemos una cartera líder en la industria de certificados digitales y una gestión del ciclo de vida del certificado (CLM) solución que permite a las empresas administrar certificados públicos y privados emitidos por Sectigo y otras CA para proteger cada identidad humana y de máquina desde una única plataforma.

¿Qué es DigiCert?, Certificado SSL

¿Qué es DigiCert?

DigiCert es una Autoridad de Certificación (CA) que sirve como pieza elemental para el buen funcionamiento del internet, al agregar cifrado y autenticación a las transacciones Web. Siendo el proveedor de certificados SSL con el mayor ‘market share’ en el mundo, está constantemente modernizando la seguridad del mundo conectado. Por esto su marca ha llegado a ser sinónimo de confianza.

Además de una sólida reputación cuenta con claras ventajas competitivas. Por ejemplo, dispone de un OCSP (la validación del estatus del certificado) 8 veces más veloz que los competidores, la autenticación organizacional en los tiempos más reducidos en el mercado y al buscar mantener su liderazgo, invierte sumas millonarias en investigación y desarrollo. Es por esto que se mantiene como punta de lanza y los sitios más importantes en internet confían en él. Si piensa adquirir SSL no hay mejor marca.

TIPOS DE CERTIFICADOS DIGITALES SSL, OV, DV, EV

¿Cuáles son los tipos de certificados SSL? Actualmente hay disponibles tres tipos de certificados SSL: Validación Ampliada (EV SSL), Validación de Organización (OV SSL) y Validación de Dominio (DV SSL). Mientras que los niveles de cifrado son los mismos en todos los certificados, la diferencia radica en el proceso de inspección y verificación necesario para obtener el certificado.

A lo largo de los últimos años, el número de organizaciones que usan certificados SSL ha aumentado sustancialmente. Esta misma tendencia de crecimiento también se observa en el número de aplicaciones que usas SSL. Por ejemplo: Es posible que necesite SSL para garantizar la privacidad de sus comunicaciones (y asegurarse de que nadie le espía). Quizá desee demostrar que puede confiar en la persona con la que está hablando (identidad para comunicaciones privadas). Aunque el cifrado le permite ocultar las comunicaciones frente a los hackers, no impide que intercepten las comunicaciones o suplanten la identidad de su sitio web para robar información de sus clientes. Ahora que los consumidores se alejan de las tiendas físicas, aumentan sus compras a través de Internet y adoptan la banca online, deben tener la certeza de que pueden confiar en que la página que están visitando es la legítima de la tienda en la que desean comprar. Esta certeza es más difícil de garantizar en el plano digital. Una forma de demostrar su identidad es confiar a un tercero independiente (como GlobalSign) la verificación de su información personal y corporativa. En función de este proceso de verificación o inspección, los certificados SSL pueden clasificarse en tres categorías.

Certificado con validación ampliada (EV SSL) Con un certificado EV SSL, la Autoridad de Certificación (AC) comprueba el derecho del solicitante a usar el nombre del dominio en cuestión y, además, realiza un proceso de inspección de la organización estricto. El proceso de emisión de los certificados EV SSL está perfectamente definido en las Directrices sobre EV, ratificadas formalmente por el Foro de Navegadores y Autoridades de Certificación en 2007. A continuación, se especifican los pasos que deben completarse antes de que la AC emita el certificado:

Comprobar la existencia jurídica, física y operativa de la entidad. Comprobar que la identidad de la entidad coincide con los registros oficiales. Verificar el derecho de la entidad a utilizar el dominio especificado en el certificado EV SSL. Verificar que la entidad ha autorizado la emisión del certificado EV SSL. El más reciente, y posiblemente más importante, de los avances en la tecnología SSL desde su nacimiento se ciñe a las directrices normalizadas de validación ampliada. Los nuevos y más seguros navegadores, como Microsoft Internet Explorer 7+, Opera 9.5+, Firefox 3+, Google Chrome, Apple Safari 3.2+ e iPhone Safari 3.0+, identifican los certificados SSL con validación ampliada y activan las mejoras de seguridad en la interfaz del navegador. Se trata de la solución perfecta para los clientes que desean garantizar el nivel más alto de autenticidad.

Los certificados EV SSL están a disposición de cualquier tipo de organización, incluidas administraciones gubernamentales y empresas limitadas y anónimas. Existe, asimismo, un segundo grupo de directrices (Directrices de Auditoría de Validación Ampliada) que especifican los criterios de auditoría que las AC deben cumplir antes de poder emitir certificados EV SSL. Estas auditorías se repiten anualmente y permiten garantizar la integridad del proceso de emisión. La AC comprueba el derecho del solicitante a usar el nombre del dominio en cuestión y, ADEMÁS, realiza un proceso de inspección de la organización. Se muestra información adicional sobre la empresa inspeccionada cuando el cliente hace clic en el Sello de Sitio Seguro, lo que les permite visualizar quién se encuentra detrás del sitio y fomenta su confianza. El nombre de la organización también aparece en el certificado bajo el campo ON.

Certificados SSL OV (OV SSL) La Autoridad de Certificación comprueba el derecho del solicitante a usar un nombre de dominio específico. No se inspecciona la identidad de la empresa y únicamente se muestra la información encriptada al hacer clic sobre el Sello de Página Segura.

Certificados SSL con validación de dominio (DV SSL) La AC comprueba el derecho del solicitante a usar el nombre del dominio en cuestión. No se inspecciona la información relativa a la identidad de la empresa y no se muestra ningún dato más allá de la información de cifrado incluida en el Sello de Sitio Seguro. Aunque tiene la tranquilidad de que su información está cifrada, no puede garantizar quién recibe la información en el otro extremo. Los certificados DV SSL son compatibles con todos los navegadores y disfrutan del mismo grado de reconocimiento que los certificados OV SSL y, además, tienen la ventaja de que se emiten de forma casi inmediata sin necesidad de remitir documentación sobre la empresa. Por ello, los certificados DV SSL son la solución ideal para las empresas que necesitan un certificado SSL de bajo coste rápidamente y sin las molestias de tener que presentar documentación sobre la empresa.

Fuente: https://www.globalsign.com/es/centro-de-informacion-ssl/tipos-de-certificados-ssl#:~:text=Actualmente%20hay%20disponibles%20tres%20tipos,de%20Dominio%20(DV%20SSL).

QUE ES UN CERTIFICADO DIGITAL SSL

Un certificado SSL es un certificado digital que autentica la identidad de un sitio web y habilita una conexión cifrada. La sigla SSL significa Secure Sockets Layer (Capa de sockets seguros), un protocolo de seguridad que crea un enlace cifrado entre un servidor web y un navegador web.

Las empresas y las organizaciones deben agregar certificados SSL a sus sitios web para proteger las transacciones en línea y mantener la privacidad y seguridad de la información del cliente.

En resumen: el certificado SSL mantiene seguras las conexiones a Internet y evita que los delincuentes lean o modifiquen la información transferida entre dos sistemas. Cuando veas un ícono de candado junto a la URL en la barra de direcciones, significa que hay un certificado SSL que protege el sitio web que estás visitando.

Desde su creación hace aproximadamente 25 años, ha habido varias versiones del protocolo SSL, las cuales en algún momento se encontraron con problemas de seguridad. Posteriormente, se lanzó una versión renovada y con un nuevo nombre: TLS (Transport Layer Security, Seguridad de capa de transporte), que sigue en uso actualmente. Sin embargo, las iniciales SSL se mantuvieron, por lo que la nueva versión del protocolo se sigue llamando con el nombre antiguo.

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EMBAJADAS DEL MUNDO - EMBASSY



En estos sitios encontrarás información de la embajada que estés buscando:

https://embassy-finder.com/es/
https://www.embassypages.com/embajada13673/

PAISES QUE NO REQUIEREN VISA A LOS DOMINICANOS EN PASAPORTES ORDINARIOS



 PAISES QUE NO REQUIEREN VISA A LOS DOMINICANOS EN PASAPORTES
ORDINARIOS, PARA FINES TURISTICOS, mediante acuerdo bilateral o
disposición del gobierno de país de destino.

1. Alemania. Exentos sólo para tránsito por el aeropuerto de Frankfurt.
2. Aruba. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o
los países Schengen.
3. Bonaire. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o
los países Schengen.
4. Botswana. Exentos a partir del 30 de marzo de 2009, por disposición del Gobierno
de Botswana.
5. Corea. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 2 febrero 1982.
6. Colombia. Exentos para una estadía no más de 30 días.
7. Cuba. Exentos por disposición del gobierno de Cuba.
8. Costa Rica. Exentos sólo para los que posean visa vigente con entradas múltiples
de Estados Unidos, Unión Europea y Canadá.
9. Curazao. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o
los países Schengen.
10. Ecuador. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 9 agosto 1967.
11. El Salvador. Exentos los portadores de visa múltiple vigente de Estados Unidos,
Unión Europea, Estados Schengen y Canadá.
12. Filipinas. Los dominicanos que viajen a Filipinas pueden solicitar una extensión de
larga duración del visado del visitante (LSVVE), por un período de 6 meses con
permanencia máxima de 36 meses, inclusive las prórrogas. Por disposición del
Gobierno Filipino en fecha 23 de julio de 2013.
13. Georgia. Exentos por una estadía no más de 360 días. Autorizado por el Gobierno
de Georgia, a partir del 9 de noviembre de 2011
14. Guyana Inglesa. Estadía por un período de 30 días. Por disposición del Gobierno
de Guyana d/f 16 de Mayo de 2013.
15. Guatemala. Exentos sólo los portadores de visa múltiple vigente de Estados
Unidos, Canadá y Estados Schengen. Por disposición del Gobierno de Guatemala a
partir del 1° septiembre 2010.
16. Hong Kong. Exentos para una estadía de hasta 30 días. Autorizado por el Depto.
de Inmigración del Gobierno de Hong Kong.
17. Honduras. Exentos sólo los portadores de visa vigente de EE.UU., Canadá,
Estados Schengen.
18. Haití. Exentos sólo los portadores de visa vigente de Estados Unidos, Canadá,
Estados Schengen. Por disposición del Gobierno haitiano d/f 10 de enero de 2012
19. Israel. Exentos mediante acuerdo suscrito entre ambos países.
20. Japón. Exentos mediante acuerdo de fecha 20 de marzo de 1957.
21. México A partir del 1ro de mayo 2010 los pasaportes ordinarios ingresan sin visa,
siempre que posean visa de Estados Unidos vigente y válida, para fines de turismo,
transmigrantes o negocios. Por disposición del gobierno mexicano.
22. Nicaragua. Exentos los portadores de visa múltiple vigente de Unión Europea,
Estados Unidos, Canadá y Estados Schengen.
23. Líbano. El permiso de permanencia por 90 días se estampa a la llegada al
aeropuerto)
24. Panamá. Exentos sólo portadores de visa múltiple vigente de UE, EU, Canadá,
Australia, usada al menos una vez.
25. Rumania. Exentos para portadores de visa Schengen con dos o múltiples entradas
y permiso de residencia Schengen, válido hasta 90 días en un período máximo de
180 días. Autorizado por disposición No. 109/2013 del Gobierno Rumano, a partir
del 1 de febrero 2014.
26. San Martín. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá
o los Países Schengen
27. San Eustaquio. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU.,
Canadá o los países Schengen
28. Saba. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los
países Schengen
29. Trinidad y Tobago. Ingreso autorizado a la llegada a Trinidad para una estadía no
más de 90 días.
30. Turquía. A partir del 17 de abril de 2013, el visado electrónico (e- Visa) sustituye
"etiqueta de visado", que se emitía en los cruces fronterizos. Los titulares de
pasaportes ordinarios requieren visa y pueden obtenerla a través de la página web
www.evisa.gov.tr con entradas múltiples por tres meses). http://www.mfa.gov.tr/visainformation-for-foreigners.en.mfa

Actualizado agosto 2014
Fuente: https://www.migracion.gob.do/Content/main_side_banner_02.pdf

En enero 2017 para pasaportes ordinarios y fines turísticos se agregaron Perú, Guatemala, Honduras, Paraguay y El Salvador.

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